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Oficializan eximición de las contribuciones patronales para los sectores críticos

El Gobierno formalizó la decisión de eximir de las contribuciones patronales desde el 1 de mayo y hasta el 31 de diciembre a las empresas de los denominados sectores críticos, que resultaron especialmente afectadas por la pandemia de coronavirus y que ingresen al programa de Reactivación Productiva II (Repro II).

Lo hizo a través del decreto 323/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial que reduce 100% las contribuciones patronales que se destinen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para los empleadores y las empleadosras que accedan al beneficio otorgado por el Repro II y que encuadren en los sectores críticos.

Además estableció que la reducción de las contribuciones patronales se aplicará en el período mensual inmediato posterior al período de devengamiento de los salarios cuya asistencia para el pago solicita la empleadora o el empleador al Repro II

Asimismo, indica que las empleadas y los empleadores encuadradas y encuadrados en esta medida, podrán gozar del beneficio establecido por cada vez en el que les sea otorgado el beneficio del programa.

El decreto considerado que la reducción de contribuciones patronales en conjunto con los beneficios otorgados por el Repro II permitió a empleados y empleadores mitigar los efectos económicos adversos derivados de la situación provocada por la pandemia de la Covid-19.

El Gobierno aumentó a $ 18.000 la asistencia para los sectores considerados críticos para los salarios devengados en abril, y definió que no pagará la asistencia a aquellos empleadores alcanzados por el aporte solidario y extraordinario que no cumplan con su obligación.

También, fijó para el resto de los meses en $ 9.000, $ 12.000 y $ 18.000 los valores de las asistencias del Repro II, según se trate de sectores considerados no críticos y críticos, y el de la salud.

Además, resolvió abonar sólo por un mes una suma dineraria de hasta $ 18.000 a trabajadoras y trabajadores independientes del sector gastronómico, encuadrados en los regímenes de Monotributo o Autónomo.

Fuente: Télam

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