X
Aviso de cookies

Usamos cookies para personalizar tu experiencia y los anuncios que ves en éste website y en otros. Para obtener más información o cambiar los ajustes, haz click aquí. Siempre puedes cambiar la preferencia visitando la sección de Configuración de cookies al final de la página.

This browser does not support the video element.

El juez Ramos Padilla pidió la remoción del fiscal Stornelli

El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, pidió hoy la remoción del fiscal federal Carlos Stornelli y lo citó por quinta vez a indagatoria para el próximo viernes 31 de mayo en la trama de espionaje y extorsión.

Así lo hizo luego que la Cámara Federal de Mar del Plata confirmara su situación de rebeldía e instara al juez a propiciar el juicio político del fiscal, quien no se presentó a cuatro llamados a indagatoria al ser citado por asociación ilícita dedicada a la extorsión y el espionaje y que tiene detenido al supuesto abogado Marcelo D'Alessio.

"Requerir al Procurador General Interino, Eduardo Casal, urja el procedimiento para lograr la remoción y/o desafuero del fiscal Stornelli, impulsando la apertura de la instancia ante el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal", resolvió el juez.

Además, le pidió a Casal que entregue copias del sumario que ya viene iniciando sobre Stornelli por no haberse presentado ante cuatro llamados previos a indagatoria y lo que le permite por tener fueros como fiscal federal.

Por otra parte, lo vuelve a citar por quinta vez para el próximo viernes 31 de marzo a las 10.00 en los tribunales federales de Dolores.

El fiscal, quien investiga la causa de los cuadernos del chofer Oscar Centeno, tenía relación con D'Alessio lo que quedó evidenciado a raíz de varias conversaciones.

Los jueces Eduardo Jiménez y Bernardo Bibel analizaron que "los funcionarios públicos alcanzados" por la protección de los fueros "no debieran abusar de la misma, para
intentar eludir su obligación de cumplir con una manda judicial, máxime cuando en este caso, el convocado se trata de alguien que fue designado justamente para promover la actuación de la Justicia, en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad".

"En un sistema democrático, con funcionamiento republicano de las instituciones, no deben admitirse privilegios personales que permitan al beneficiario de una inmunidad de arresto, abstraerse del cumplimiento de determinadas cargas procesales derivadas del proceso judicial regular", expresó la Cámara en el fallo.

"Entendemos que la procedencia de la declaración de rebeldía efectuada en el decurso regular de un proceso democrático, en el que el citado omite concurrir a citación indagatoria en cuatro oportunidades, no resulta ser, en nuestro criterio, una decisión contraria a derecho, en aquellos casos en que quien es requerido por el juez interviniente posee garantías funcionales de actuación, como lo es en concreto, la inmunidad de arresto, que rige respecto de ciertos aforados, hasta el momento en que el citado sea privado de ella en términos de ley", agregaron.

Ir a la nota original